FERPA define el expediente educativo como aquellos registros que se relacionan directamente con un estudiante y que se mantienen en una escuela, institución post secundaria, o los mantiene alguien que representa a la institución. El expediente educativo incluyen información del estudiantes tales como transcripciones, expedientes relacionados a actos disciplinarios, historial de vacunas y otros documentos similares.
FERPA da a los padres derechos con respecto al expediente educativo de sus hijos en las agencias e instituciones educativas donde aplica FERPA. Estos derechos se transfieren al estudiante cuando cumple los 18 años o asiste a una institución de educación postsecundaria a cualquier edad. No obstante, los padres tienen el derecho de acceso al expediente académico de sus hijos si los siguen declarando como dependientes para fines de impuestos.
El expediente educativo incluye una amplia gama de información que conservan las instituciones educativas a cerca del estudiante. Esta información puede incluir:
- Fecha, lugar de nacimiento, dirección de los padres y/o tutor, e información de contacto en caso de emergencia
- Notas, materias estudiadas, actividades académicas y transcripciones oficiales
- Información de servicios de educación especial
- Informes disciplinarios
- Registros médicos o de salud, creados o recopilados por la escuela
- Documentación de asistencia, premios recibidos, cursos completados
- Código de identidad del estudiante, número de estudiantes, número de seguro social, fotos o cualquier información que facilite la identificación y localización del estudiante.
FERPA permite divulgar sin consentimiento la información de los datos personales(PII por sus siglas en ingles) en los expedientes educativos por emergencias de salud, de seguridad y ordenes judiciales
- Las instituciones educativas pueden divulgar sin consentimiento información que haya sido designada como “información del directorio” a las agencias de las fuerzas del orden público.
- Las instituciones educativas pueden divulgar sin consentimiento la PII de los expedientes académicos en caso de una emergencia de salud o de seguridad.
- Las instituciones educativas pueden revelar sin consentimiento la PII de los expedientes académicos para cumplir con un mandato judicial o una orden de comparecencia que se expidió legalmente.
- Nombre del estudiante
- Dirección
- Número de teléfono
- Fecha y lugar de nacimiento
- Honores y premios
- Examinar y revisar el expediente educativo
- Solicitar que la escuela corrija el expediente educativo si se ha encontrado algún error.
- Dar consentimiento por escrito para que se divulgue información proveniente del expediente educativo.
Preparado por: Lcda. Janice Marrero Irizarry, MSS, CRC
Referencias:
https://www2.ed.gov/policy/gen/guid/fpco/ferpa/index.html
https://www2.ed.gov/policy/gen/guid/fpco/brochures/parents.html